Contratos informáticos y su diferencia con los contratos telemáticos o de e-comerce
¿Qué son los contratos informáticos? Diferencia con el e-comerce.
El concepto de contrato informático se refiere a aquellos acuerdos (contratos) que tienen por objeto un bien o servicio de naturaleza informática. La característica esencial no es el medio por el cual se celebran (como en el caso del e-commerce), sino el contenido del contrato. Es decir, el objeto del acuerdo es una prestación que está directa y estrechamente relacionada con la tecnología de la información. Lo definimos como "todo aquel contrato cuyo objeto sea un bien o un servicio informático".
Aquí están los puntos clave de la definición:
El objeto es lo fundamental: Lo que define al contrato no es la forma en la que se celebra (por Internet, por ejemplo), sino lo que se está contratando. Si se trata de un software, un hardware o un servicio relacionado, es un contrato informático.
Contratos sobre bienes: Se refiere a la compraventa de hardware, como computadoras, servidores, impresoras, etc. O de software, por ejemplo programas informáticos enlatados o a medida.
Contratos sobre servicios: Incluyen el desarrollo de software a medida, contratos de mantenimiento de sistemas, acceso a servidores de internet, accesos a bases de datos, consultoría informática, hosting o cloud computing, etc.
Contratos sobre derechos: La categoría más común y relevante en la actualidad, que abarca las licencias de uso de software (licencias de usuario final o EULA) y contratos de cesión de derechos sobre bases de datos o programas.
En resumen, hay que hacer una diferencia clara:
Contratos informáticos: Aquellos que versan sobre un objeto o un servicio informático. Pueden celebrarse tanto de forma presencial (por ejemplo, al comprar una computadora en una tienda física) como de forma telemática.
Contratos telemáticos o de e-commerce: Aquellos que se celebran por medios electrónicos, sin importar el objeto. Un contrato para comprar ropa en línea es telemático, pero no informático, a menos que la ropa sea, por ejemplo, un "wearable" tecnológico.
La confusión es común porque, en la actualidad, la mayoría de los contratos informáticos (como las licencias de software) se celebran de manera telemática, pero conceptualmente, son dos categorías distintas.
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